Tus derechos sobre telefonía, internet y TV de pago

El sector de las telecomunicaciones se sitúa todos los años en los primeros lugares de las denuncias y quejas que llegan de parte de personas consumidoras como tú.

Entre los motivos que generan el mayor número de incidentes en este sector está la disconformidad con la facturación, la indebida penalización por baja del cliente, los cortes de servicio o no hacer entrega del contrato.

7 Tus derechos Telefonia e internet

¿Quieres conocer los derechos de las personas consumidoras recogidos en la Ley General de Telecomunicaciones 11/2022?

A partir del 30 de octubre de 2022 están en vigor varios apartados de la Ley General de Telecomunicaciones 11/2022, que afectan particularmente a las condiciones de los contratos y los derechos de las personas consumidoras.

Esta nueva norma deroga la Ley 9/2014, hasta ahora vigente, y establece la Ley General de Telecomunicaciones 11/2022 donde se refuerzan y protegen mejor los derechos de las personas consumidoras y usuarias. Lo hacen mediante los siguientes artículos:

ARTÍCULO 67: CONTRATOS

Resumen del contrato, ¿qué incluye?
Los operadores deben proporcionar a los consumidores un resumen del contrato conciso, de fácil lectura y de forma gratuita. Dicho resumen identificará los elementos principales del contrato y, en todo caso, los siguientes:

  • El nombre, la dirección y la información de contacto del operador y, si fuera diferente, la información de contacto para las reclamaciones.
  • Las características principales de cada servicio prestado.
  • Los precios respectivos totales, incluyendo impuestos y tasas aplicables.
  • La duración del contrato y las condiciones para su renovación.
  • Las condiciones y los mecanismos para solicitar la resolución del contrato, así como los costes asociados y posibles penalizaciones asociados a la rescisión del mismo.
  • En qué medida los productos y servicios están diseñados para usuarios finales con discapacidad.
  • Con respecto a los servicios de acceso a internet, el contrato incluirá: un resumen de la velocidad mínima disponible normalmente, máxima y anunciada, descendente y ascendente de los servicios de acceso a internet en el caso de redes fijas o de la velocidad máxima y anunciada estimadas descendente y ascendente de los servicios de acceso a internet en el caso de las redes móviles.

ARTÍCULO 67.4: AVISO PARA CONTROLAR EL USO DE LOS SERVICIOS

Estos medios incluirán el acceso a información oportuna sobre el nivel de consumo de los servicios incluidos en un plan de tarifas. En concreto, los operadores avisarán a los consumidores antes de alcanzar el límite de consumo determinado mediante real decreto e incluido en su plan de tarifas y cuando se haya consumido completamente un servicio incluido en su plan de tarifas.

Obligación de las operadoras sobre el aviso de fin de contrato y las mejores tarifas disponibles

Una vez que se cumpla el período de vigencia, dichos contratos quedan prorrogados automáticamente por el mismo periodo si bien, tras dicha prórroga, los usuarios finales tienen el derecho de rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso.

Con anterioridad a dicha prórroga automática, los operadores informarán a los usuarios finales de manera notoria y oportuna y en un soporte duradero de la finalización de los compromisos contractuales y los medios para rescindir el contrato y, de manera simultánea, el operador proporcionará a los usuarios finales información sobre las mejores tarifas de sus servicios. Los operadores facilitarán a los usuarios finales información sobre las mejores tarifas al menos una vez al año.

ARTÍCULO 67.8: DERECHO DE LAS PERSONAS USUARIAS A RESCINDIR EL CONTRATO POR MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES

ARTÍCULO 67.9: DISCREPANCIA ENTRE EL SERVICIO PROMETIDO Y EL EFECTIVAMENTE PROPORCIONADO

ARTÍCULO 67.10: ABONO DE TERMINALES

ARTÍCULO 70: CAMBIO DE OPERADOR Y CONSERVACIÓN DE LOS NÚMEROS POR LOS USUARIOS FINALES

  1. Cuando un usuario final rescinda un contrato con un operador, conservará el derecho a cambiar su número al nuevo operador durante, al menos, un mes después de la fecha de rescisión, a menos que el usuario final renuncie a ese derecho.
  2. La conservación del número y su activación subsiguiente se ejecutarán con la mayor brevedad en la fecha o fechas acordadas explícitamente con el usuario final. En cualquier caso, se les activará dicho número en el plazo de un día hábil desde la fecha acordada con el usuario final.
  3. En el caso de cambio de operador de servicios de acceso a internet, los operadores afectados facilitarán a los usuarios finales información adecuada antes y durante el proceso de transferencia y garantizarán la continuidad del servicio de acceso a internet, salvo que no sea posible técnicamente. El operador receptor velará por que la activación del servicio de acceso a internet se produzca en el menor tiempo posible, en la fecha y en el horario expresamente acordados con el usuario final. El operador donante continuará prestando sus servicios de acceso a internet en las mismas condiciones hasta que el nuevo operador active a su vez los servicios de acceso a internet. La pérdida de servicio durante el proceso de transferencia no excederá de un día hábil.
  4. El operador receptor dirigirá los procesos de cambio y conservación de números, debiendo cooperar de buena fe tanto el operador receptor como el operador donante. A tal efecto, ambos operadores no provocarán retrasos ni cometerán abusos relacionados con los procesos de cambio y conservación ni cambiarán números. En particular, no se podrá transferir a los usuarios finales en contra de su voluntad o sin su consentimiento explícito. El contrato del usuario final con el operador donante se rescindirá de forma automática con la finalización del proceso de cambio.

ARTÍCULO 71: CONTRATOS EMPAQUETADOS

  • a) La obligación consistente en proporcionar al usuario final con carácter previo a la celebración del contrato un resumen del contrato conciso y de fácil lectura.
  • b) La obligación de proporcionar la información relacionada con el contrato y los servicios que cubre.
  • c) Las condiciones sobre duración y resolución de los contratos.
  • d) Las condiciones para llevar a cabo el cambio de operador de servicios de acceso a internet establecidas.

Llámanos

N.º gratuito (desde fijo)

900 50 10 60

Oviedo

985 210 957

Gijón

985 35 38 18

Avilés

985 510 926

Mieres

985 92 24 58

Langreo

985 52 82 82