WiZink pierde en Gijón: el juez anula una tarjeta revolving por falta de transparencia

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El juzgado da la razón a la Unión de Consumidores de Asturias y condena a la entidad a devolver al cliente todo lo cobrado por encima del capital dispuesto, con imposición de costas.

La Plaza nº 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Gijón ha resuelto favorable la demanda presentada por Unión de Consumidores de Asturias, liderada por el abogado Unai Alonso -referente nacional en Derecho Bancario- en representación de un cliente de WiZink Bank, S.A.

El juzgado  ha declarado la nulidad, por falta de transparencia, del contrato de tarjeta de crédito revolving que la entidad le había vendido. La sentencia condena a la entidad a devolver toda la cantidad pagada por encima del capital dispuesto, más los intereses legales correspondientes, y le impone el pago de las costas del procedimiento.

Una tarjeta contratada en un stand comercial

El cliente fue abordado por un comercial que promocionaba tarjetas Barclaycard Oro en un stand situado en el centro comercial Alcampo de Gijón. El comercial le explicó que con la tarjeta podría retirar dinero en cajeros, solicitar transferencias de efectivo o pagar compras, y que después devolvería el importe dispuesto en cómodos plazos mensuales, sin necesidad de cambiar de banco ni abrir una nueva cuenta corriente.

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El juzgado destaca que en ningún momento se informó al consumidor de las comisiones aplicables, del tipo de interés que se le acabaría cobrando ni del funcionamiento real de una línea de crédito revolving. La tarjeta llegó posteriormente a su domicilio por correo, pegada a un folleto publicitario, sin ir acompañada de documento contractual o informativo alguno. WiZink no acreditó haber explicado al consumidor la operativa de la tarjeta revolving. Tampoco constan escenarios ejemplificativos que permitieran al cliente comprender la carga económica del producto antes de contratarlo.

El riesgo de convertirse en «deudor cautivo»

El juez recurre a la Audiencia de Asturias para explicar algo que en la asociación llevamos años denunciando. Con estas tarjetas se paga religiosamente cada mes y la deuda apenas baja, porque los intereses se van comiendo la cuota. Es la letra pequeña convertida en trampa. El cliente cree que está pagando su deuda y en realidad casi no se mueve. Esa es la figura del «deudor cautivo» que recoge la sentencia.

El problema no es que el contrato estuviera mal redactado. El problema es que al cliente le hacen pagar mucho más de lo que sabía que iba a pagar, y eso es lo que el juzgado considera abusivo.

A diferencia de otros supuestos en los que la nulidad de una cláusula concreta permite que el resto del contrato subsista, el juzgado asturiano considera que en este caso las cláusulas afectadas —el modo de cálculo del interés remuneratorio y el propio sistema de pago revolving— definen un elemento esencial del contrato. Su nulidad, señala la sentencia, «vacía de contenido» el negocio jurídico, lo que obliga a decretar la nulidad del contrato en su totalidad y a aplicar las reglas de restitución recíproca del artículo 1.303 del Código Civil. Esto supone que WiZink tiene que devolverle todo lo que le cobró por encima de lo que realmente dispuso con la tarjeta.

El juzgado también rechaza el argumento de la prescripción planteado por la entidad. La sentencia recuerda que el plazo para reclamar la restitución de lo cobrado de más no empieza a correr hasta que existe una resolución firme que declara abusiva la cláusula, momento en el que el consumidor adquiere conocimiento cierto de la irregularidad. 

Desde Consumidores Asturias queremos advertir que, de cara a la vuelta al cole y los gastos extra de la cuesta de septiembre, se evite en la medida de lo posible contratar este tipo de tarjetas. La dilatada experiencia de la asociación de consumidores revela que, lo que en un inicio parece un alivio económico puntual — “una solución fácil para pagar cómodamente tus compras” —  termina convirtiéndose en una trampa de cautividad. Esta supuesta ayuda pasa a ser un endeudamiento permanente, atrapando al consumidor en el llamado efecto bola de nieve.  

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Equipo de comunicación y asesoría jurídica de la Unión de Consumidores de Asturias

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