
Un tribunal de Gijón declara nulo un contrato de tarjeta revolving por falta de transparencia y sanciona a la entidad con intereses de mora inéditos hasta la fecha.
La Unión de Consumidores de Asturias exige la prohibición de este tipo de tarjetas en aras de proteger los intereses de las familias más vulnerables.
La Unión de Consumidores de Asturias ha logrado una sentencia histórica contra CaixaBank. El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Gijón ha declarado la nulidad de un contrato de tarjeta IKEA en modalidad revolving, obligando a la entidad a devolver todos los intereses y cargos distintos al capital dispuesto por la clienta afectada. Además, la sentencia resalta la temeridad y mala fe en la actuación de CaixaBank, al saturar los juzgados con litigios ya resueltos por la jurisprudencia de forma clara y constante.
El litigio se ha llevado a cabo por la Unión de Consumidores de Asturias, a favor de una de sus asociadas, en este caso, representada por el abogado de la entidad, Unai Alonso, referente nacional en Derecho Bancario.
Relevancia del fallo a favor de los derechos de los consumidores
Esta resolución aplica por primera vez la Ley Orgánica de Eficiencia Procesal (Disposición final 16 de la Ley Orgánica 1/25), condenando a una indemnización por mora. El tribunal establece que el interés anual será el interés legal del dinero incrementado en un 50%. Si en dos años no se produce la devolución, el interés no podrá ser inferior al 20%. Dichos intereses se devengan desde el momento en que lo pagado supera lo dispuesto hasta la restitución total.
La Unión de Consumidores de Asturias celebra esta sentencia como un hito en la defensa colectiva de los consumidores. Victoria Ballesteros, abogada especializada en Tarjetas Financieras de la entidad, afirma que “en la sentencia, el juez considera inaceptable la actitud de la financiera, ya que no solo no adopta una actitud proactiva ni toma la iniciativa de expulsar del contrato las prácticas incorrectas (como se ha manifestado el TJUE), sino que obligan al consumidor, que es la parte débil de la relación, a acudir a los tribunales para conseguir algo que ya está reiteradamente concedido por los juzgados”.
Reclama por tu tarjeta abusiva de pagos aplazados y construye tu caso de éxito con nosotros.
La LO 1/2025 introduce un cambio de paradigma en la justicia civil y mercantil. Se exige reclamación extrajudicial previa en demandas de consumidores contra cláusulas abusivas. Además, se refuerza el principio de procedibilidad, obligando a intentar soluciones alternativas antes de acudir a los tribunales. Por último, se establece la indemnización por mora como sanción para empresarios que incumplen la jurisprudencia, fijando intereses más gravosos para garantizar la restitución efectiva.
Desde Consumidores Asturias advierten que, de cara a las compras navideñas, se evite en la medida de lo posible contratar este tipo de tarjetas. La dilatada experiencia de la asociación de consumidores revela que, lo que en un inicio parece un alivio económico puntual — “una solución fácil para pagar cómodamente tus compras” — termina convirtiéndose en una trampa de cautividad. Esta supuesta ayuda pasa a ser un endeudamiento permanente, atrapando al consumidor en el llamado efecto bola de nieve.
