Recomendaciones sobre el mercado eléctrico en tiempos convulsos
Desde que entró en vigor el 15 de junio de 2022 el Mecanismo de Ajuste del Gas (MAG), también denominado “Coste tope del gas según RDL 10/2022”, aprobado por el Gobierno para impedir que la mayor parte de la electricidad se cobre toda al precio de la producida con gas que es la más cara, las consultas que nos llegan a la Unión de Consumidores de Asturias sobre el mercado el eléctrico se han incrementado sustancialmente. Estas son nuestras consideraciones y recomendaciones sobre el mecanismo del tope de la luz y sobre los derechos a una información transparente que nos amparan a las personas consumidoras:
- Si ha contratado un precio fijo a lo largo de la duración del contrato, las variaciones que haya en el precio del mercado de electricidad (ya sea por la evolución de los precios de los combustibles o del precio del CO2) no deben ser trasladados a nuestro contrato a través de una modificación del precio del suministro. Por tanto, en estos casos, las modificaciones que están realizando las comercializadoras de mercado libre antes de la finalización del contrato o su prórroga, no son legales. Se trata de un fraude y debería reclamar (aquí contacto con nuestro servicio jurídico).
- Las comercializadoras eléctricas deben informarnos sobre cualquier intención de modificar los precios o las condiciones del contrato al menos UN MES ANTES de que dicha intención se materialice. Además, en las comunicaciones relativas a la modificación de los contratos que nos deben enviar con, al menos, un mes de antelación a la finalización del contrato, las comercializadoras tendrán que incluir una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión, así como una estimación del coste anual del suministro antes y después de la revisión (Real Decreto-ley 23/2021, art 4. Dos).
- Aunque se haya renovado el contrato el pasado 26 de abril o posteriormente eso no quiere decir que no pueda cambiar de contrato o de compañía cuando desee. La renovación automática es una característica de todos los contratos de electricidad, tanto en los contratos de precio regulado como de precio libre. Esto NO significa necesariamente que tenga permanencia, aunque lea en las facturas un texto como “el contrato se renueva anualmente tal día”. En la mayoría de los casos los contratos son sin permanencia, por lo que puede cambiar de compañía en el momento que decida comprobando antes, eso sí, que no tiene penalización por permanencia.
- Si considera que no se han respetado las cláusulas y los precios de su contrato o se han vulnerado sus derechos a la debida información antes de renovar el contrato, puede ponerse en contacto con nuestro servicio jurídico (pinchar aquí), estamos para ayudar a las socias y socios y a todas las personas consumidoras que nos lo requieran.
- ¿Contrato regulado PVPC o mercado de precio libre? DEPENDE. Si el contrato que se tiene está firmado antes del 26 de abril de este año aún no le han aplicado el tope al gas, entonces lo mejor es quedarse en el mercado libre. Si no, tendría que valorar. Es complicado porque hay una fluctuación enorme.
Desde la Unión de Consumidores de Asturias recomendamos entrar en el Comparador de Precios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el único fiable (pinchar aquí) o, más fácil aún, consultar con su móvil el código QR de su factura de luz, que remite al mismo comparador de la CNMC sin necesidad de más datos (ver cómo hacerlo aquí), y comprobará, fácil y rápidamente, si le interesa más la tarifa regulada PVPC o una tarifa de precio libre. Es decir, si le interesa continuar con la actual comercializadora o aprovechar otra oferta más barata. El cambio es gratuito y la nueva comercializadora lo tiene que realizar entre 5 y 10 días.
Cómo saber el tipo de contrato que tengo: regulado o precio libre
Si te factura TOTAL Energies, Iberdrola, Endesa, Naturgy o Repsol estás en el mercado de precio libre de electricidad o de gas. Por el contrario, si te factura Baser, Curenergia, Energía XXI, Gas & Power o Régsiti estás en el mercado regulado de electricidad o de gas (puede que la luz te la facture una comercializadora y el consumo de gas otra distinta).
¿Vas a seguir contratando a los reyes de las “puertas giratorias ” que llevan años comprando voluntades y manipulando nuestra factura de la luz?
Total Energies, Repsol, Iberdrola, Endesa o Naturgy forman el oligopolio eléctrico que a través de las “puertas giratorias”, el “fichaje” de ex Presidentes del Gobierno, ex Ministros y decenas de ex Secretarios de Estado y que no tienen vergüenza de llamar “tontos” a los consumidores que no tienen contrato de mercado libre -el que más beneficios les aporta a las grandes empresas y sus insaciables directivos-, llevan décadas manipulando el mercado de la electricidad y consiguiendo beneficios extraordinarios -multiplican por tres las ganancias que obtiene las eléctricas en Alemania-, mediante peajes y cargos incluidas en la factura que pagamos todas las personas consumidoras. Estas son las cifras del ATRACO ELÉCTRICO:
“Beneficios caídos del cielo”: 700 millones de euros anuales, por el cobro de toda la electricidad al precio de la más cara de producir.
“Distribución”: una media de 4.900 millones de euros anuales, por llevar la electricidad hasta los hogares. Uno de los porcentajes más elevados de los peajes, que las empresas de distribución de oligopolio no justifican en su coste real y, por tanto, se desconoce si están cobrando abusivamente por su actividad, como lo confirman algunas estimaciones.
“Déficit de tarifa”: el oligopolio viene ingresando más de 2.500 millones cada año, desde el año 2000. Otro peaje incluido en la factura de la luz sin que exista ninguna auditoria de los costes reales de producción eléctrica en cada tecnología y por unas supuestas perdidas que nadie se cree, dado que las eléctricas que forman el oligopolio dominan el mercado desde siempre y se lucran de altos precios finales y sobrebeneficios.
“Pagos por capacidad de respaldo”: compensación de 2.900 millones anuales que pagamos en la factura de la luz, como peaje por tener en la reserva grupos térmicos de carbón y gas, aunque no se requiera de su entrada en actividad, que es lo que ha ocurrido casi siempre desde hace dos décadas. Es decir, las eléctricas cobran la misma retribución funcionen o no funcionen las instalaciones en reserva.
Si no quieres seguir engordando al oligopolio que controla el mercado eléctrico a través de las “puertas giratorias”, el fichaje de ex altos responsables políticos y que no tiene reparos en llamar “tontos” a las personas con contrato regulado, además de mentir, puesto que en 7 de los 8 últimos años la luz ha sido más barata en la tarifa regulada que en el mercado de precio libre. Tienes como alternativa la tarifa regulada PVPC, que es más barata y sin cláusulas abusivas, contratando con una de las siguientes comercializadoras de referencia: Baser, Energía XXI, Curenergía, Régsiti y Gads & Power.
Asimismo tienes la opción de las cooperativas renovables y comercializadoras independientes. Por ello, te recordamos que, como ocurre con muchos otros productos, NO SÓLO EL PRECIO CUENTA A LA HORA DE CONTRATAR EL SERVICIO ELÉCTRICO. Por principios, nunca deberíamos contratar con quienes llevan décadas manipulando el mercado eléctrico y empujando al alza del precio de la luz mediante los beneficios caídos del cielo, peajes desproporcionados y cargas abusivas que representan más del 40% de la factura.
Además de por consumo ético, hay otros aspectos MUY IMPORTANTES a tener en cuenta a la hora de contratar el suministro eléctrico: el impacto ambiental que se genera en la producción eléctrica, el respeto a nuestros derechos como personas consumidoras o la responsabilidad social de quien nos vende la electricidad.
Para contratar con una cooperativa tienes varias opciones, en Asturias están Allumar y AstuEnerxía, una de las cooperativas con más larga experiencia es Som Energia y tenemos la página donde están todas integradas: UNIÓN COOPERATIVAS.
Todo lo que debes saber sobre el autoconsumo individual y colectivo
El autoconsumo es el consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica provenientes de instalación de producción en la misma vivienda o en edificios próximos a las de consumo y asociadas a los mismos. Junto al autoconsumo eléctrico de las viviendas unifamiliares, las comunidades de propietarios también pueden poner paneles solares y producir su propia energía eléctrica en los edificios de pisos.
El Principado de Asturias a abierto una línea de ayudas hasta el 31 de diciembre de 2023 (VER AQUÍ), por las que las personas consumidoras podrán beneficiarse de ayudas de hasta un 40% del coste subvencionable en instalaciones individuales y hasta un 50% en autoconsumo colectivo. Por su parte, en el sector público y en el tercer sector las subvenciones pueden alcanzar el 70% de los costes de referencia.
Los beneficios del autoconsumo son numerosos:
- El autoconsumo es una herramienta central para el ejercicio del derecho ciudadano a participar activamente en la transición energética. Cuantas más personas se involucren en la transición energética, mayor será su aceptación pública y menor será su coste.
- El autoconsumo produce un ahorro real en la factura eléctrica. Estimaciones sobre las instalaciones de autoconsumo colectivo, señalan un un ahorro 5.500 euros al años en consumo de electricidad de las zonas comunes y 50 euros al mes de media, para los consumos en las viviendas individuales.
- El autoconsumo es solidario con el medio ambiente, al evitar el uso de fuentes de energía contaminante y la emisión de gases de efecto invernadero, contribuyendo a la mejora de la calidad del aire;
- El autoconsumo es solidario con el país, al reducir la importación de combustibles fósiles y la dependencia energética, equilibrando la balanza comercial y mejorando la soberanía energética;
- El autoconsumo es solidario con todos los consumidores, al contribuir a reducir el precio de la electricidad y la factura de la luz para todos los consumidores.
- El autoconsumo genera competencia y aumenta la flexibilidad en el sistema eléctrico, lo que puede también derivar en una reducción de los precios finales de la energía.
Más información sobre el autoconsumo aquí, sobre las preguntas más frecuentes aquí y sobre el autoconsumo colectivo pinchando aquí.
Lo que hay que saber sobre los distintos tipos de contratos
Desde que entró en vigor el 15 de junio de 2022 el Mecanismo de Ajuste del Gas (MAG), Real Decreto Ley 10/2022, las personas consumidoras con contrato regulado PVPC se han beneficiado de una reducción promedio de la factura de la luz del 15 %. Así la tarifa regulada PVPC de la luz vuelve a ser más barata que las tarifas de precio libre, como ocurrió en 7 de los últimos 8 años.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el contrato de tarifa regulada PVPC es imprescindible para acceder a los descuentos del Bono Social del 60% o 70% hasta el máximo de consumo establecido y siempre que se cumplan con el resto de requisitos de ingresos, como se explica más abajo. Es decir, si tienes derecho al Bono Social es imprescindible tener contrato de tarifa regulada PVPC para beneficiarse de los descuentos del 60% y 70% del precio del consumo máximo establecido.
En definitiva, a la hora de renovar un contrato o cambiarse de compañía, primero, asegúrese de que no tiene penalización por permanencia, y , en segundo lugar, compare precios a través del comparador de precios de la CNMC , el único fiable, y elija la opción que les sea más conveniente. Más sencillo aún consulte con su móvil el código QR de su factura de luz, que remite al mismo comparador de la CNMC, sin necesidad de más datos (ver cómo hacerlo aquí), y comprobará, fácil y rápidamente, si le interesa más la tarifa regulada PVPC o una tarifa de precio libre.
Si quieres contratar la tarifa regulada PVPC de electricidad, el cambio es gratuito y la comercializadora lo tiene que realizar entre 5 y 10 días. Para ello llama por teléfono o entra en la página web de alguna de las siguientes comercializadoras que tienen tarifa regulada:
Baser (Total Energies, antes EDP) 900 902 947
Energía XXI (Endesa) 800 760 333
Curenergía (Iberdrola) 900 200 708
Régsiti (Repsol) 900 101 005
Gas & Power (Naturgy) 900 100 283
Asimismo, desde el 1 de junio de 2021, en los contratos de tarifa regulada PVPC se viene aplicando la discriminación horaria con los 3 tramos siguientes a precios distintos:
– TARIFA VALLE (PRECIO MÁS BARATO): de 00:00 a 08:00 horas de lunes a viernes y el día completo los sábados, domingos y festivos nacionales.
– TARIFA LLANA (PRECIO MEDIO): de 08:00 a 10:00; de 14:00 a 18:00 y de 22:00 a 00:00 (de lunes a viernes).
– TARIFA PUNTA (PRECIO MÁS CARO): de 10:00 a 14:00 horas y de 18:00 A 22:00 horas (de lunes a viernes). ES EL TRAMO DE USO A EVITAR Y NO CONECTAR ELECTRODOMÉSTICOS DE ELEVADO CONSUMO (horno, lavavajillas, secadora, calentador de agua…).
Por otro lado, para que las personas consumidoras diferenciemos claramente el contrato de precio regulado (fijado por el Gobierno) del contrato de precio libre (fijado por las empresas) existen DOS MARCAS comerciales: la MARCA DE SIEMPRE corresponde a la tarifa de precio libre, y la NUEVA MARCA corresponde a la tarifa regulada PVPC.
Si recibes las facturas con la marca TOTAL Energies (antes EDP), IBERDROLA, ENDESA, REPSOL o NATURGY, es que tienes contrato de PRECIO LIBRE. Si recibes la factura con la marca BASER, CURENERGIA, ENERGÍA XXI, GAS & POWER y RÉGSITI, es que tienes TARIFA REGULADA PVPC.
En en cuadro siguiente, en la columna de la izquierda tienes las marcas de las comercializadoras de precio regulado y en la columna de la derecha las marcas de las comercializadoras del oligopolio que facturan a precio libre.
A continuación se muestran las marcas de las comercializadoras de “precio regulado”, las que más nos interesan a las personas consumidores por ser más barato el precio de la electricidad y no incluir en los contratos clausulas engañosas: Baser (antes de EDP, ahora perteneciente al grupo TOTAL Energies), Curenergía (perteneciente al grupo Iberdrola), Energía XXI (grupo Endesa), Gas & Power (grupo Naturgy) y Régsiti (grupo Repsol).
Cada vez son más las consumidoras y consumidores que contratan el suministro eléctrico con COOPERATIVAS RENOVABLES.
La oferta de las Cooperativas se distingue por:
– Precios ajustados y contratos trasparentes, sin servicios adicionales o cláusulas de permanencia.
– Información y atención orientada al ahorro y al consumo sostenible y responsable.
– Electricidad de origen renovable, de fuentes no contaminantes y que no emiten gases que contribuyen al Cambio Climático.
– Las Cooperativas introducen más competencia en el mercado y contratando con las cooperativas quitas poder a las grandes compañías del oligopolio que manipulan el mercado eléctrico a través de las “puertas giratorias”, por las que ex ministros y ministras pasan a la dirección de las eléctricas para blindar sus beneficios desmesurados, condicionando la aprobación de normativas gravemente perjudiciales para las personas consumidoras.
– Las Cooperativas favorecen el desarrollo de tecnologías limpias, de pequeña escala, distribuyendo la riqueza a lo largo y ancho del territorio.
– Las Cooperativas que distinguen por su Responsabilidad Social y compromiso con una sociedad más próspera, con mayores niveles de justicia, equidad y sostenibilidad.
INFÓRMATE sobre cómo contratar la luz con una Cooperativa, en Asturias están Allumar y AstuEnerxía, una de las cooperativas con más larga experiencia es Som Energia y tenemos la página donde están todas integradas: UNIÓN COOPERATIVAS.
Si recibes las facturas con la marca TOTAL Energies (antes EDP), IBERDROLA, ENDESA, REPSOL o NATURGY es que tienes contrato de “mercado libre”, es el contrato donde el precio y las condiciones son las que marcan las grandes compañías del oligopolio eléctrico.
Desde la entrada en vigor el 15 de junio de 2022 del “Mecanismo de Ajuste del Gas” (MAG) o “Coste tope del gas según RDL 10/2022” , las personas consumidoras acogidas al “mercado de precio libre”, que han firmado recientemente la renovación de su contrato, se han encontrado en muchos casos con un término que antes no existía: “Coste tope del gas según RDL 10/2022”. Una compensación que implica un incremento del precio final en el contrato de mercado libre que puede llegar a un 40% el precio establecido en el momento de la contratación. Esto implica que el precio efectivo de la electricidad de la factura en los contratos de mercado libre es la suma del precio acordado en el contrato más el precio asociado a este mecanismo.
El “Coste tope del gas según RDL 10/2022” se aplica a todos los contratos del mercado libre de electricidad con precio fijo e inicio de vigencia posterior al 26 de abril de 2022, con independencia de su comercializadora. En el caso de los consumidores y consumidoras acogidas al mercado libre, pero con un contrato anterior a dicha fecha, se verán afectadas conforme vayan renovando los contratos dentro del periodo de los 12 meses siguientes.
En cualquier caso, antes de optar por renovar un contrato o cambiarse de compañía, asegúrese de no tener penalización por permanencia y compare precios y otras condiciones entre diferentes comercializadoras. El comparador de precios de la CNMC , el único fiable y una herramienta imprescindible para hacer una buena elección en términos exclusivamente de precio o, más fácil aún, consulta con tu móvil el código QR de la factura de luz (ver cómo hacerlo aquí), dedica cinco minutos a comprobar si te interesa continuar con la actual comercializadora o aprovechar otra oferta más barata. El cambio es gratuito y la nueva comercializadora lo tiene que realizar entre 5 y 10 días.
Cambios en el contrato en el mercado libre
En todo caso, debemos saber que las personas consumidoras tenemos derecho a que las comercializadoras eléctricas y gasistas nos informen sobre cualquier intención de modificar los precios o las condiciones del contrato al menos UN MES ANTES de que dicha intención se materialice. Además, en las comunicaciones relativas a la modificación de los contratos que nos deben enviar con, al menos, un mes de antelación a la finalización, las comercializadoras tendrán que incluir una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión, así como una estimación del coste anual del suministro antes y después de la revisión.
Asimismo en los contratos de mercado de precio libre debes tener cuidado con las cláusulas especiales de “Ajustes de Mercado (A.M.)” o “Indexación”, que establecen el precio del kilovatio en relación con la evolución de precios en el mercado mayorista, elevando la factura de la luz de manera desmesurada; cláusulas de “permanencia” u otras como los “servicios adicionales” (caso de TOTAL Energies y el servicio “Funciona”). DESACONSEJAMOS totalmente firmar contrato de suministro a cinco años como publicitan las compañías del oligopolio, nuestro consejo es contratar SIN PERMANENCIA.
Por último, debe tenerse en cuenta que en caso de impago, el tiempo para abonar la deuda también es más reducido que en el mercado regulado, en estos contratos suele ser de sólo 15 días para abonar la factura antes de que corten el servicio, mientras que en los contratos regulados son como mínimo 2 meses, en caso de persona en situación vulnerable el plazo se extiende hasta 6 meses para abonar los impagos.
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Comercializadoras de electricidad con tarifas de mercado libre[/caption]
Los contratos de “tarifa plana” y “tarifa fija” son tipos de contrato con un precio fijo mensual, y si en el recuento anual se supera el consumo previsto la empresa comercializadora cobra por los kWh consumidos, en muchas ocasiones a precios superiores al resto. Y lo mismo sucede con las “tarifas fijas”, que a diferencia de las planas no cobran los kWh extra consumidos pero recalculan anualmente el precio que hubiese costado si hubiese sido el consumo acordado, sin excedernos. Este tipo de contratos son los que tienen el precio de la electricidad más cara, es decir, la estabilidad en la factura se paga en precios mucho más elevados que en la tarifa regulada PVPC u otras de mercado de precio libre sin cuotas mensuales fijas.
Como siempre recomendamos: BUSCAR Y COMPARAR antes de contratar. Revisa y pide información sobre las cláusulas antes de firmar el contrato y especialmente EVITA LA PERMANENCIA. Con la actual extrema volatilidad de los precios de la electricidad, lo que hoy parece barato o asumible, dentro de seis meses pueden resultar un precio abusivo. Entre en el Comparador de Precios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el único fiable (pinchar aquí) o, más sencillo aún, consulte con su móvil el código QR de su factura de luz, que remite al mismo comparador de la CNMC sin necesidad de más datos (ver cómo hacerlo aquí), y comprobará, fácil y rápidamente, si le interesa más la tarifa regulada PVPC, una tarifa fija o plana o cualquier otra oferta del mercado libre.
Bono Justicia Energética
El Consejo de ministros y ministras a propuesta del Ministerio de Transición Ecológica ha aprobado con fecha de 18 de octubre de 2022 el Real Decreto-ley 18/2022 la aplicación de un descuento del 40% sobre la tarifa eléctrica regulada, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), para los hogares trabajadores con bajos ingresos. Este Bono de Justicia Energética tendrá carácter temporal y abarcará hasta el 31 de diciembre de 2023.
La tarifa de último recurso de aplicación al consumidor vulnerable definido en esta norma será el precio resultante de aplicar un descuento del 40 por ciento en todos los términos que componen el PVPC y podrán recibirlo todos los hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas. Con ello, el Gobierno de coalición amplía las ayudas a nuevos segmentos de personas y familias, creando una cobertura adicional a las ya cubiertas por el bono social normal, abarcando a toda la población de rentas más bajas del país, es decir, el 40% de los hogares con menos recursos.
El Bono de justicia energética en 2022 pueden solicitarlo:
Hogares con un solo adulto con un límite de ingresos de 16.212,6 euros al año
Hogares de familias monoparentales con límite de ingresos de 24.318,8 euros al año
Hogares con dos adultos cuando los ingresos no superen los 18.644,4 euros anuales
Hogares con dos adultos y un menor con un límite de 22.697,6 euros anuales
Hogares con dos adultos y dos menores con un límite de 26.750 euros anuales
El Bono de justicia energética en 2023 pueden solicitarlo:
Hogares con un solo adulto con un límite de ingresos de 16.800 euros al año
Hogares de familias monoparentales con un límite de ingresos de 25.200 euros al año
Hogares con dos adultos cuando los ingresos no superen los 19.320 euros anuales
Hogares con dos adultos y un menor con un límite de 23.520 euros anuales
Hogares con dos adultos y dos menores con un límite de 27.720 euros anuales
Asimismo, para poder solicitar esta ayuda, además de cumplir con los límites especificados anteriormente, es necesario que la vivienda para la cual se solicita la ayuda sea la residencia habitual y se cuente con un contrato de tarifa regulada o Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
Bono Social eléctrico
En cuanto al Bono Social eléctrico, el Real Decreto ley 18/2002 establece que «1. Excepcionalmente, con efectos desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica recogidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 897/2017 (…) serán los siguientes:
a) En el caso del consumidor vulnerable, el descuento será del 65 por ciento.
b) En el caso del consumidor vulnerable severo, el descuento será del 80 por ciento.»
Para beneficiarse del Bono Social eléctrico y térmico hay que cumplir con el requisito de tener contratada la tarifa regulada PVPC y acreditar ante la compañía comercializadora de electricidad alguna -sólo una- de las siguientes situaciones:
Persona consumidora en situación Vulnerable (60% descuento hasta el 30 de junio de 2022), renta en el año 2022:
– Sin menores en la unidad de convivencia, ingresos igual o menos de 1,5 veces IPREM anual en 14 pagas: 11.862,90 euros; a partir de la entrada en vigor de las medidas aprobadas el 30 de marzo de 2022 podrán acceder al Bono Social familias sin hijos que con un nivel de renta no superior a 12.159,42 euros.
– Con 1 menor en la unidad de convivencia, ingresos igual o menos de 2 veces IPREM anual en 14 pagas: 15.817,20 euros; a partir de la entrada en vigor de las medidas aprobadas el 30 de marzo de 2022, los ingresos no deberán superar los 16.212,56 euros.
– Con 2 menores en la unidad familiar, ingresos igual o menos de 2,5 veces IPREM anual en 14 pagas: 19.771,50 euros; a partir de la entrada en vigor de las medidas aprobadas el 30 de marzo de 2022, la renta no podrá ser mayor de 20.265,70 euros.
Estos umbrales suben en el caso de discapacidad, víctimas de violencia de género o del terrorismo, familias monoparentales y quienes tengan miembros con niveles de dependencia II y III.
- Familias numerosas, independientemente de sus ingresos.
- Pensionistas que cobren la pensión mínima de jubilación o incapacidad permanente y no tengan ingresos que superen los 500 euros.
– Persona consumidora en situación Vulnerable Severa (70% de descuento hasta el 30 de junio de 2022), se debe cumplir con el requisito de percibir una renta anual igual o menor al 50% de los umbrales establecidos para las personas consumidoras vulnerables.
En todo caso, LOS DESCUENTOS ESTÁN SUJETOS A LÍMITES MÁXIMOS DE CONSUMO DE LUZ ANUALES, de manera que los consumos que excedan los límites no serán objeto de descuento en el precio, en los kWh que correspondan; pudiéndose acumular los kilovatios a los que no se han aplicado descuentos en los 12 meses anteriores. Dichos límites máximos de consumo son:
- Familia sin menores – 1.380 kWh anuales
- Pensionistas o familias con un menor – 1.932 kWh anuales
- Familias con dos menores – 2.346 kWh anuales
- Familias numerosas – 4.140 kWh anuales
Además, a partir de las medidas del “Escudo Social” aprobadas el 30 de marzo de 2022 ya no será necesario renovar el Bono Social cada cierto tiempo. Las familias numerosas lo tendrán mientras lo sean. Para el resto: durará dos años y, dos meses antes de que caduque, las comercializadoras deberán comprobar si siguen cumpliendo los requisitos y RENOVARLO AUTOMÁTICAMENTE. Además, se ha recortado de 15 a 10 días el tiempo de tramitación.
El Bono Social Térmico
Todas las personas consumidoras que sean beneficiarias del Bono Social Eléctrico también tendrán derecho al Bono Social Térmico, el cual se aplicará automáticamente, a menos que la persona renuncie.
La cuantía de la ayuda mínima por hogar será de 25 euros, siempre que exista “disponibilidad presupuestaria”. A dicha cantidad se le podrán sumar otras cantidades en función de la zona climatológica. Además, quienes sean vulnerables severos o estén en riesgo de exclusión social, recibirán un 60% más que los consumidores vulnerables. La ayuda, anual y en un solo pago, se abona en el primer trimestre del año siguiente, vía transferencia de las comunidades autónomas.
Ajustar la potencia contratada
Es la potencia máxima de electricidad que se puede consumir simultáneamente. Por ejemplo, en un hogar donde se tengan encendidos 100 vatios de iluminación y a la vez 2.000 vatios de la lavadora y otros 1.000 vatios de otros electrodomésticos, se está utilizando una potencia de 3.100 vatios (3,1kW) por lo que se podrían contratar 3,3 kW de potencia contratada. Siempre es interesante no utilizar dos o más aparatos de elevado consumo a la vez, por ejemplo un horno y una secadora.
Asimismo, es posible contratar dos potencias distintas, por ejemplo, una para las horas valle (cuando se deben utilizar los electrodomésticos de mayor consumido) y otra para las horas llano y punta, cuando se debe intentar consumir menos por ser los precios de la luz más elevados.
La potencia eléctrica contratada se paga siempre. Aunque no enciendas ni una sola luz, te vayas de vacaciones o no haya nadie en casa. La potencia se contratará en tramos de 0,1 kWh si la personas consumidora tiene contador inteligente y menos de de 15 kWh de potencia. En la página web “Bájate la Potencia” encontraras toda la información sobre la potencia que necesitas contratar.