Las grandes eléctricas han intentado, sin éxito, impugnar el recorte del Gobierno a los ‘beneficios caídos del cielo’ que reciben las centrales nucleares, hidráulicas y renovables por la subida del precio del gas natural en las centrales de ciclo combinado, esto es, por los beneficios extraordinarios que obtienen por cobrar toda la electricidad al precio de la más cara de producir. Para ello el Gobierno a recuperado una medida aprobada el pasado mes de septiembre -la cual después echó para atrás-, consistente en aplicar un impuesto a los contratos por encima de 67 euros megavatio-hora, cuya recaudación se destinará a bajar el precio de la factura de las y los pequeños consumidores.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha inadmitido el recurso al considerar que ese “no es un procedimiento idóneo para perseguir la impugnación -siquiera indirecta o incidental- de una norma reglamentaria (ya sea de la propia CNMC o de cualquier otra Administración)”. “Este argumento es si cabe más evidente cuando lo que se pretende es la impugnación de una norma con rango de ley como sucede en el presente caso”, explica el regulador, según informa El Periódico de España.
Las tres eléctricas defienden que por más que el Gobierno aluda en la norma a un presunto exceso de retribución “no hay en absoluto una ganancia inmerecida por parte de las instalaciones no generadoras de gases de efecto invernadero ni ninguna disfunción en el sistema de retribución de la energía en el marco del mercado mayorista que justifique una intervención de los poderes públicos”. Y aseguran que la aplicación de la minoración es contraria al “modelo marginalista y afecta al funcionamiento del propio mecanismo de formación de precios”.
Mientras que la CNMC considera carentes de fundamento jurídico las alegaciones de las grandes eléctricas y añade que Red Eléctrica se limita a aplicar el mecanismo diseñado por el Gobierno “y además lo hace de forma correcta”. La resolución agota la vía administrativa, pero las compañías pueden recurrir la decisión ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Un impuesto para bajar la factura de la luz, que el Gobierno echó para atrás y ahora vuelve a recuperar
Creado el 14 de septiembre de 2021, ante el elevado incremento de los precios del gas natural, este ‘impuesto’ pretende reducir de forma temporal los «beneficios caídos del cielo» que el oligopolio eléctrico consigue al vender la producción de electricidad de renovables, hidráulicas y nuclear al precio de la producción de electricidad mediante las centrales de ciclo combinado de gas natural, actualmente aprecios desorbitados. La norma fue enmendada en dos ocasiones, una primera un mes después de su creación, para excluir de ella a aquellos contratos a precio fijo, después de las críticas de las eléctricas que alegaron que la mayor parte de su electricidad había sido vendida con contratos a plazo fijo; y una segunda hace unas semanas, cuando el Gobierno endureció la medida para extender el impuesto a aquellos contratos con un precio fijo por encima de los 67 euros por megavatio-hora (el equivalente a un precio de 20 euros megavatio-hora para el gas, que es el precio medio histórico de esta materia prima).
España ha recibido el aval de la Comisión Europea, que ha incluido esta norma entre las medidas para hacer frente al alza de precios de la energía al recomendar a todos los estados miembros su creación. “La Unión Europea, el Consejo Europeo y la Agencia Internacional de la Energía (AIE) han dicho que existen beneficios caídos del cielo, no es que lo diga España o que nos lo inventemos, sino que es una evidencia”, aseguraban fuentes del Gobierno después de conocer la propuesta comunitaria.