El Abogado General pide al TJUE la devolución íntegra del dinero de las cláusulas suelo aún sin solicitarlo

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha propuesto que la Justicia española pueda ordenar de oficio la «restitución íntegra» de las cantidades indebidamente pagadas por una cláusula suelo declarada nula, aunque el consumidor no haya presentado un recurso para reclamarlas. El Abogado General considera que las normas nacionales «no deben aplicarse de manera que menoscaben» el derecho de los consumidores «al no quedar vinculados por una cláusula abusiva».

Según informa «La Vanguardia» (ver aquí), se trata de las conclusiones que el Abogado General ha realizado sobre un litigio entre Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (Banco Ceiss, absorbido por Unicaja) y una consumidora, en relación con la cláusula suelo incluida en un contrato de préstamo hipotecario firmado en 2006. El Banco Ceiss se opuso a la devolución íntegra de las cantidades pagadas en aplicación de la cláusula suelo, aduciendo que la consumidora no apeló la sentencia dictada en primera instancia para impugnar la limitación en el tiempo de los efectos restitutorios, de modo que no era procedente que la Audiencia Provincial acordara que la restitución debía extenderse a todas las cantidades pagadas.

Por lo tanto, la cuestión principal que el TJUE examinará y sobre el que el abogado del tribunal europeo acaba de pronunciarse es si un órgano jurisdiccional nacional que resuelve en apelación, en tales circunstancias, debe ordenar de oficio la restitución íntegra de las cantidades indebidamente pagadas por el consumidor. En este sentido, el Abogado General ha recordado que la declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia, en principio, «el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula».

Para Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, “Es una injusticia que tantos consumidores se hayan quedado por el camino y que no hayan podido recuperar su dinero, cuando los jueces, de oficio deberían haber devuelto esas cantidades en el año 2016, a raíz de caso Gutiérrez Naranjo”. Sin embargo, habrá que esperar a la sentencia para ver el alcance; si se permitirá revisar casos juzgados o solo se podrá aplicar a los casos vivos.

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