Las sanciones a EDP que la prensa escrita oculta

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado, según resoluciones publicadas el pasado 4 de mayo de 2021, a EDP Energía y EDP Comercializadora por una cuantía total de 3 millones de euros, por violar los datos personales de los y las clientes y no comprobar la acreditación de unos supuestos representantes. Lo que hay detrás de estás practicas es el cambio de contrato de precio regulado de la luz a mercado de precio libre, sin conocimiento informado y autorización de las consumidoras/es.

Tanto en el caso de la sanción de 1,5 millones de euros a EDP Energía (ver AQUÍ) como en el caso de otros 1,5 millones a EDP Comercializadora (ver AQUÍ), por violación de los artículos 13 y 25 del Reglamento de protección de datos , la Agencia de Protección considera acreditado que ambas empresas son responsables de:

  • «ausencia de una efectiva implantación de medidas técnicas y organizativas para eliminar los riesgos que genera la contratación de los servicios y la obtención de consentimiento para otras finalidades cuando se actúa a través de representante».
  • «La intencionalidad o negligencia apreciada en la comisión de la infracción. Las deficiencias en tales procedimientos de contratación y obtención de consentimiento para otras finalidades debían haber sido advertidas por una entidad de las características de EDP ENERGÍA, S.A.U. y evitadas al diseñar
    sus procesos».
  • El carácter continuado de la infracción. La infracción tiene su origen en un incorrecto diseño de los procedimientos de contratación a través de representante, que han sido utilizados desde al menos el año 2018, sin que se hayan modificado éstos o implementado medidas correctoras hasta el mes de enero del año en curso en que se implementó un protocolo de contratación mediante representante».

Asimismo, la Agencia de protección de Datos advierte en sus resoluciones que esta práctica genera riesgos como «el de suplantación de identidad o los perjuicios económicos o de otro tipo que se puedan ocasionar al interesado como consecuencia del cambio de compañía suministradora del servicio con la consiguiente cancelación del contrato de origen, el cambio de titularidad o de modalidad del contrato, sin que se hayan consentido».

Los 3 millones de multa a EDP se convierten en la cuarta mayor sanción de la AEPD en lo que va de año y en su historia.

¡Tú eres la Unión de Consumidores de Asturias!

Deja un comentario

Llámanos

N.º gratuito (desde fijo)

900 50 10 60

Oviedo

985 210 957

Gijón

985 35 38 18

Avilés

985 510 926

Mieres

985 92 24 58

Langreo

985 52 82 82