Los Juzgados de Primera Instancia nº 3 de Gijón y el nº 3 de Siero han dictado las respectivas sentencias contra Servicios Financieros CARREFOUR, en ambos casos con fecha de 20 de mayo de 2021, declarando la nulidad por USURA de dos contratos de tarjeta de crédito suscritos con fecha 03/10/2009 y el 16/04/2003, respectivamente, declarando en consecuencia que nuestros socios solo están obligados a devolver la cantidad que les fue prestada, de forma que la financiera de CARREFOUR deberá devolver lo cobrado en exceso a nuestros socios, más los intereses desde cada uno de los pagos excesivos y el coste de nuestro abogado y procurador.
Se da la circunstancia en el caso de la demanda presentada en el Juzgado nº 3 de Siero, que la representación de la financiera de CARREFOUR solicitó se le eximiese de pagar las costas del juicio, pero al hacerlo de forma extemporánea en el propio juicio, dicha petición fue desestimada. Resulta vergonzoso que después de que la financiera de CARREFOUR se haya negado a un acuerdo para no llevar la reclamación a la vía judicial, después pretendan obtener una rebaja no pagando nuestras costas. Ahora les toca pagar a nuestro abogado y procurador, así como la denuncia pública de la condena por USURA.
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