La Audiencia de Oviedo, con fecha 3 de febrero de 2021, ha condenado al BANCO SANTANDER a reembolsar a diez socias y socios de la Unión de Consumidores de Asturias más de 7.627 euros, una media de 762 euros, en concepto de restitución del 100% de los gastos de gestoría, tasación y registro y el 50% de los gastos de notaría, más los intereses desde que se hizo el pago de los gastos hasta la fecha de la sentencia, al declarar nulas las cláusulas de gastos incorporadas a las escrituras hipotecarias.
En los fundamentos de Derecho se señala “el hecho de que estemos ante un contrato de novación del préstamo hipotecario (…) que impone de modo generalizado todos los gastos a la parte prestataria [nuestras socias y socios] y sobre la que no consta la existencia de negociación alguna”.
Por lo que se refiere a “los gastos de tasación, no cabe desconocer que, en el momento actual, no existe un pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre los mismos, pero extrapolando el criterio establecido por el Tribunal Supremo (…) sobre los gastos de gestoría y dada la inexistencia de previsión normativa que impusiera al prestatario [las personas consumidoras] el abono de los gastos de tasación (en el momento a que se refiere la contratación), es procedente acordar también la íntegra devolución de los mismos”.
Hay más 100.000 familias asturianas a las que han cobrado gastos hipotecarios de gestoría, tasación, registro y notaría que no les correspondían pagar.
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