WIZINK condenado a devolver a una socia el dinero excedente del capital prestado por cobrar intereses de usura en una tarjeta de crédito

El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Siero ha condenado a la entidad financiera WIZINK a reembolsar a nuestra socia M.A.N. todo lo cobrado en exceso del capital prestado al declarar nulo por “usurario” el contrato de una tarjeta de crédito. El fallo fue hecho público el pasado 18 de enero de 2021.

En los fundamentos de Derecho de la sentencia, la Jueza estima que examinado el contrato y considerando la doctrina jurídica que viene al caso, “estando fechado en 2014 con un TAE del 27,24 %, fijado de forma absolutamente unilateral, contiene unos intereses que puedan ser considerados como usurarios”.

Por lo cual, se estima la demanda formulada por UNION DE CONSUMIDORES DE ASTURIAS, en representación de su socia M.A.N. frente a WIZINK BANK S.A. y en consecuencia declaro la nulidad radical y absoluta del contrato celebrado el 29 de diciembre de 2014 por tratarse de contrato USURARIO con los efectos inherentes a tal declaración de conformidad con el artículo 3 de la Ley de represión de la usura.

De manera que, en ejecución de sentencia, previa liquidación, se condena a la entidad WIZINK BANK S.A. a que reintegre a Doña M.A.N. “cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan a la cantidad dispuesta como capital, junto con los intereses correspondientes”. Al tiempo que “se declara la nulidad de pleno derecho de cualquier contrato vinculado que pudiera llevar aparejada la tarjeta declarada nula (por ejemplo, seguro, etc…)”, así como al pago de las costas.

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