EasyJet condenada a pagar a cuatro socios más de 1.900 euros de indemnización

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Oviedo, con fecha 16 de junio de 2020, ha condenado a EasyJet a abonar a cuatro de nuestros socios y socias la cantidad de 1.969,62 euros más los intereses legales, por la cancelación de un vuelo y por daños morales, al verse obligados a pernoctar en el aeropuerto y provocar a nuestros socios y socias una situación de incertidumbre y demás incomodidades que acreditan sobradamente el daño moral sufrido.

En los fundamentos de Derecho de la sentencia cabe resaltar que quedó acreditado que la cancelación del vuelo no fue debida a causas extraordinarias que liberen a EasyJet de responsabilidad, por lo que procede reconocer a los socios y socias de la Unión de Consumidores de Asturias el derecho a percibir 1.000 euros en concepto de indemnización reglamentaria.

En cuanto a la indemnización solicitada por daños morales, el Magistrado-Juez entiende que debe valorarse a la luz del análisis concreto de la realidad concreta, pues lo que se trata no es de llevar a cabo una reparación en el patrimonio, sino de contribuir de alguna manera a sobrellevar el dolor y la angustia de las personas perjudicadas por el actuar injusto, abusivo o ilegal. Considerando suficientemente acreditado el daño moral por parte de Easyjet, cuya cuantificación económica se fija en 180 euros para cada uno de los socios y socias, “en congruencia con lo prudentemente peticionado”.

Si has sufrido la cancelación de un vuelo y te has sentido maltratado por falta de la debida asistencia por la compañía aérea ¡No te resignes! ¡Reclama!

¡Tú eres la Unión de Consumidores de Asturias!