Ingreso Mínimo Vital

Ingreso Mínimo Vital, simulador para saber si tienes derecho

Con la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) España se suma a otros países como Francia, Alemania, Reino Unido e Italia que tienen un ingreso mínimo garantizado contra la pobreza. Tal y como informaba CIVIO en su “BOE nuestro de cada día”, el pasado 1 de junio entraba en vigor el Decreto Ley que pone en marcha el Ingreso Mínimo Vital, los ingresos mínimos garantizados por hogar. Compatible con otras prestaciones o ingresos, lo que significa que quienes cumplan las condiciones recibirán la diferencia entre lo que cobran y ese umbral mínimo.

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Una de las principales preocupaciones del espectro político conservador es que las rentas mínimas “desincentiven” la búsqueda de empleo, cronificando la pobreza. Algo que la experiencia del País Vasco y su Renta Garantizada de Inserción (RGI) desmiente, de hecho, la experiencia de Euskadi indica que percibir la ayuda no provoca que sus receptores dejen de buscar trabajo o de ingresar en el mercado laboral. Un estudio elaborado por dos investigadoras, Sara de la Rica y Lucía Gorjón, para el Instituto de Economía Laboral (IZA) analiza el impacto de la RGI en el estatus laboral de miles de vascos beneficiarios. A grandes rasgos, la ayuda “no retrasa” ni coarta la entrada en un puesto de trabajo.

Ese umbral mínimo es de 462 euros para una persona que vive sola. Y esa cifra sube 139 más por cada persona extra que forme parte de la unidad de convivencia, menor o adulta. Además, en caso de familias monoparentales, se suman 100 euros más. Eso sí, al final del cálculo el tope máximo es de 1.015 euros.

Así, una madre con dos menores, por ejemplo, tendrá derecho a unos ingresos mínimos de 840 euros. Otro ejemplo: en una casa en la que convivan un abuelo, dos padres y dos menores podrán completar sus ingresos hasta los 1.015 euros, el máximo.

Estas cifras son las que aplican en 2020. Lo que el Decreto Ley establece es una base, el IMV para un adulto solo, que será la misma cantidad que la prestación no contributiva de la Seguridad Social que conste en los Presupuestos Generales del Estado dividida en 12 pagas. Y a esa cifra, que en 2020 es de 461,50 euros mensuales, redondeado a 462, le aplica unos multiplicadores según el tipo de familia, recogidos en el anexo del Decreto Ley, que suponen un 30% por cada miembro adicional y un 20% para familias monoparentales hasta un máximo de un 220%. Así quedarían los cálculos para 2020.

Además, y solo para quienes se les conceda en lo que queda de año, estarán exentos del pago de matrículas universitarias para el curso 2020/2021 aunque no cumplan los requisitos de renta (que se calculan sobre 2019, y pueden haber bajado ingresos durante lo que llevamos de año) y los medicamentos con receta serán gratuitos, sin copago.