El Gobierno de España aprobó en el Consejo de Ministros y Ministras del 31 de marzo de 2020 un “segundo” paquete de medidas para proteger a los y las más vulnerables: a las familias y personas con escasos recursos y los y las trabajadoras autónomas, relacionadas con el alquiler, la prohibición de desahucios, el corte de los suministros básicos, el bono social eléctrico, la prohibición de subir las tarifas telefónicas y la restricción de la publicidad “online” mientras dure el confinamiento. Al final de esta página compartimos el enlace al BOE donde se recogen las nuevas ayudas y derechos.
AYUDAS A LAS FAMILIAS Y PERSONAS QUE HABITAN EN VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER
Tal y como informa en su página web la Fundación Civio, el segundo paquete de medidas sociales aprobadas por el Gobierno en el contexto de la crisis del coronavirus, recoge una serie de ayudas para el pago del alquiler para personas vulnerables sin otra vivienda. Las opciones dependerán de quién es su arrendador.
En el caso de que se trate de una empresa, un organismo público de vivienda o un gran tenedor (titular de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o de una superficie construida de más de 1.500 m2), hay dos opciones: reducción de la mitad del alquiler o aplazamiento del pago del alquiler desde la siguiente mensualidad a la solicitud.
Ambas medidas se mantendrán durante el estado de alarma o el tiempo durante el que se prorrogue la situación de vulnerabilidad, con un máximo de cuatro meses. En el caso de la moratoria, lo no pagado ahora se devolverá de forma fraccionada durante un mínimo de tres años pero, y esto es importante, siempre dentro del tiempo de duración del contrato. Eso significa que quienes tengan un contrato anual, por ejemplo, tendrán que pagar esta deuda en un tiempo muy reducido.
Si el casero es una persona con menos de diez inmuebles, se le puede proponer un aplazamiento o condonación, pero que lo acepte será voluntario. Si se niega, la única salida es pedir un microcrédito para hacer frente al alquiler, que se devolverán en seis años y, en casos excepcionales, se pueden prorrogar otros cuatro. Este préstamo cubrirá, como máximo, seis meses de alquiler.
SE PROHÍBEN LOS DESAHUCIOS SIN ALTERNATIVA HABITACIONAL
Se aplaza hasta seis meses desde el fin del estado de alarma los desahucios de alquileres en los que no haya una vivienda alternativa. Lo decidirá un juez y, para hacerlo, la persona afectada deberá demostrar que cumple los criterios de vulnerabilidad.
Esta prohibición a los desahucios ya se aplicaba, desde hace dos semanas, a los impagos de hipoteca.
SE PROHÍBE EL CORTE DE LA LUZ, EL GAS O EL AGUA
Mientras esté en vigor el estado de alarma no podrá suspenderse el suministro de electricidad, gas y agua a todas las personas consumidoras en la vivienda habitual mientras dure el estado de alarma por coronavirus.
Además, el periodo de tiempo en que esté en vigor el estado de alarma no computará a efectos de los plazos de los procedimientos de suspensión del suministro iniciados con anterioridad a dicho periodo.
EL BONO SOCIAL LLEGARÁ A MÁS GENTE
El Gobierno ha aprobado ampliar el colectivo de potenciales perceptores del bono social de electricidad para incluir a personas consumidora domésticss que acrediten encontrarse afectados por medidas de regulación de empleo adoptadas por sus empresas, haber cesado en su actividad profesional como profesionales autónomos o haber visto su facturación reducida en un 75% en promedio respecto al semestre anterior.
A dicha medida, podrán acogerse, de manera excepcional y temporal, los consumidores con derecho a contratar el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al Iprem, que van de 2,5 a 3,5 veces en función del número de miembros del núcleo familiar.
SE PROHÍBE LA SUBIDA DE TARIFAS TELEFÓNICAS
Se prohíbe el incremento de los precios telefónicos mientras esté en vigor el estado de alarma, así como la limitación de la prohibición de portabilidad numérica en este periodo a los casos en los que sea necesario el desplazamiento físico.
RESTRICCIÓN DE LA PUBLICIDAD QUE INCITE AL JUEGO DE APUESTAS
Se prohíbe la publicidad de juegos de apuestas online, salvo de 1 a 5 de la mañana, sin excepciones, y también los bonos de regalo para jugar.
¡Tú eres la Unión de Consumidores!
Imagen: Gerd Altmahn