El Corte Inglés condenado a pagar 1.400 euros a un socio por daños y perjuicios
A finales del mes de octubre de 2018, Pablo, uno de nuestros asociados, llevo su ordenador a reparar a El Corte Inglés, que lo trasladó a un tercero. El ordenador fue extraviado y El Corte Inglés le ofreció uno nuevo «previo abono del coste de la reparación», a lo cual nos opusimos.
Por lo que exigimos la anulación de la factura de la reparación y el abono a nuestro socio de una indemnización ajustada a los daños y perjuicios ocasionados, siguiendo lo establecido en la legislación aplicable.
El Corte Inglés admitió que el tercero al que remitió el aparato para su reparación destruyó la información contenida en el ordenador. Por lo que hubo negligencia, pues no consta que antes de admitir el ordenador a reparar se le hubiese dicho a nuestro socio que extrajera toda la información por si se pudiera perder durante el proceso de reparación. En consecuencia, nuestro socio tiene derecho al resarcimiento.
Respecto al alcance de la indemnización, el juez considera que la factura de la reparación ha de ser anulada, pues no se puede cobrar por una prestación que jamás se llevó a cabo. En cuanto al daño moral, nuestro socio acreditó que hizo varias visitas al centro donde se localiza el servicio de reparación, para interesarse por la suerte de su ordenador, con el consiguiente coste en términos de desasosiego, tiempo y preocupación.
Además, desde finales del mes de octubre de 2018 nuestro socio está sin el ordenador y, lo que es más importante, privado de toda la información que en él se almacenaba, teniéndose ahora la certeza de que jamás se podrá recuperar.
En consecuencia, el magistrado estima la indemnización que se solicita, la cual se considera ajustada a los perjuicios y daños morales ocasionados, condenando a El Corte Inglés a pagar a Pablo la cantidad de 1.400 euros, más los intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda judicial y las costas del juicio.