El Abogado General de la UE apoya declarar nulo el IRPH

El Abogado General de la Unión Europea ha publicado hoy un dictámen donde recoge su opinión respecto al índice hipotecario IRPH.

Considera que la banca española comercializó hipotecas referenciadas al IRPH con opacidad, de modo que el tipo de interés podría ser considerado abusivo y anulado por falta de transparencia.

La decisión del Abogado General, que no es vinculante, es completamente contraria a la mantenida por nuestro Tribunal Supremo que se pronunció a favor del IRPH y consideró que no quedaba sujeto al control de transparencia al no ser una parte central del contrato.

Maciej Szpunar argumenta que el uso de este índice era una opción abierta frente al uso de otros más comunes, como el euríbor, y asevera que dada su complejidad la validez que tiene está sujeta a que el cliente fuera debidamente informado de su cálculo y repercusiones.

Recorrido judicial del IRPH

El Juzgado de Primera Instancia de Barcelona elevó una cuestión prejudicial al TJUE a raíz del caso de un consumidor que denunció a Bankia por una hipoteca de 132.222,66 euros a un tipo de interés de IRPH más 0,25 puntos (comercializada en 2011 por la entonces Caja Madrid) con la que el cliente acabó pagando entre 18.000 y 21.000 euros más de lo que hubiera abonado de haber sellado un crédito referenciado al índice habitual, el euríbor.

El asunto acabó llegando al Tribunal Supremo, que decretó, en el 2017, que el IRPH es un índice avalado por el Banco de España y tan legítimo como el euríbor, con lo que su validez era indiscutible. La resolución fue cuestionada en instancias inferiores y acabaron acudiendo a la Corte de Luxemburgo para comprobar si es de aplicación el exigente filtro de transparencia europeo que ya permitió tumbar las cláusulas suelo, por ejemplo.

Esta lucha contra el IRPH no puede ser entendida sin el esfuerzo y sacrificio realizado por la Plataforma contra el IRPH de Guipuzcoa y a sus magníficos y peleones abogados: Maite Ortiz y Jose Mª Eurasquin.

La cuestión prejudicial en detalle

¿Sobre qué han pedido los jueces españoles al TJUE que se pronuncie?

  •  Evaluar la validez del índice (calculado sobre el interés medio de los nuevos préstamos concedidos por el sector)
  • Si resulta aplicable la normativa comunitaria de protección del consumidor
  • Qué información debía ofrecer la entidad al cliente para que la transacción fuera válida.
  • Si omitir información clave pudo ser una práctica desleal de la entidad.
  • O, si en el caso de anular la cláusula, debe recalcularse el préstamo ligándolo al euríbor o dejar de aplicar interés alguno dejando solo como deuda el principal.

Se espera que la sentencia del Tribunal de Justicia llegará en el primer trimestre del año que viene.

Los principales bancos españoles afectados son: Caixabank, Santander, BBVA, Bankia, Sabadell y Kutxabank. Se calcula que están en juego 44 millones de euros si el fallo es contrario a la Banca española.

La Unión de consumidores de Asturias advierte a los usuarios afectados que no acepten ninguna propuesta o acuerdo de sus entidades bancarias que pueda limitar en el futuro sus opciones de reclamación.

Para contactar con nuestro servicio jurídico, pincha aquí.

La Unión de consumidores, ¡Siempre a tu servicio!

3 comentarios
  1. Ana
    Ana Dice:

    Llevo ,no se los años ,para conseguir la devolución de los gastos de hipoteca y ni te cuento del irph ,me parece que no presionamos demasiado ,como es posible¡¡ Los bancos nos deben 60milones ,más todo lo que nos han robado ,y tenemos que seguir esperando a que? a qué se enriquezcan más¿

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