Desde el año 2017, el Banco Sabadell estaba cobrando a José Manuel la comisión de reclamación de posiciones deudoras por un importe de 35€, que después subiría a los 39€ a partir de junio del 2018.
Nuestro socio venía pasando problemas económicas en los últimos años. Y el cobro de la comisión de reclamación de posiciones deudoras dificultaba aún más su situación. Ahora bien, ¿qué es esta comisión y cuándo se cobra?
Imaginemos que estamos esperando un ingreso que no llega, recibos que se adelantan, un gasto imprevisto al que tenemos que hacer frente… Cualquiera de nosotros ha vivido alguna de estas situaciones. Y de repente, nuestro Banco aplica una comisión por reclamarnos una deuda existente.
Sin embargo, a pesar de que esta comisión es legal y está autorizada por el Banco de España, hay que cumplir ciertos requisitos para que se pueda cobrar:
- El Banco tiene que haber realizado una gestión individualizada para recuperar el importe adeudado. Por ejemplo, que nos hayan enviado una carta personalizada o una llamada telefónica.
- No se puede aplicar de forma automática, sino que hay que tener en cuenta las circunstancias especiales de cada impago y de cada cliente.
- Su cuantía tiene que ser única, no se puede aplicar un porcentaje sobre la deuda.
José Manuel (nombre ficticio) se puso en contacto con el servicio jurídico de la Unión de consumidores, un tanto agobiado por esta situación. Nuestro consejo, fruto de la experiencia, fue recomendarle la reclamación extrajudicial, conscientes de que en la mayoría de las veces, las entidades bancarias devuelven las comisiones sin mayor problema.
Y así fue, en menos de un mes tras el escrito de reclamación, le ingresaron en su cuenta el importe de 1.024 euros de las comisiones cobradas en los dos últimos años.
Si estás en una situación similar, contacta con nosotras aquí y podrás explicarnos con detalle tu problema.
La Unión de consumidores, ¡Siempre a tu servicio!