Derechos de los pasajeros en sus desplazamientos en tren

Se mantiene la huelga convocada para hoy por los trabajadores de RENFE que prevé la cancelación de 531 trenes, entre AVE, Larga Distancia y Media Distancia. ADIF, por su parte, parece que mantiene la huelga para el día 7 de enero.

En cualquier caso, si como pasajeros de trenes os véis envueltos en una circunstancia de retraso o cancelación de vuestro viaje, es necesario que conozcáis cuáles son vuestros derechos.

Cancelación de trenes

Si te cancelan el tren tienes derecho a que te devuelvan el precio pagado por el billete.

Si la cancelación se produce dentro de las 48h previas al inicio del viaje, la empresa ferroviaria estará obligada, a elección del viajero, a proporcionar transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas o a devolver el precio pagado por el servicio.

Si el pasajero es informado de la cancelación del viaje con menos de 4h antes de la salida, tendrá derecho a que se le compense con el doble del dinero del precio del billete.

Es decir, el viajero tiene dos opciones:

1- Obtener la devolución del precio pagado por el billete.

2- Ser transportado en tren, autobús, etc a su destino si la cancelación se avisó dentro de las últimas 48h antes de la salida del tren.

Retraso de los trenes

1- Si el retraso en la hora de llegada a destino es superior a 1h, el pasajero tiene derecho a que se le compense con el 50% del precio del billete.

2- Si el retraso en la hora de llegada a destino es superior a 1h 30 minutos, la compensación será equivalente al precio total del billete de transporte.

Por otra parte, es necesario conocer que RENFE aplica, de forma voluntaria, un compromiso de puntualidad que depende del modelo de tren en el que viajemos. Más info.

¿Y si hay interrupciones en el servicio?

La empresa ferroviaria está obligada a proporcionar al viajero, con la mayor brevedad posible, transporte en otro tren u otro modo de transporte, en condiciones equivalentes a las pactadas.

Además, en el caso de que el tiempo de interrupción sea superior a una hora de duración, la empresa ferroviaria está obligada, en su caso, a sufragar los gastos de manutención y hospedaje del viajero durante el tiempo que dure la interrupción.

Daños, pérdidas, averías en los equipajes

Siempre que hayan sido facturados, los pasajeros tienen derecho a una indemnización de 14,50 euros por cada kilo de equipaje que falte o esté dañado. Hasta un máximo de 600 euros.

En cualquier caso, los viajeros podrán ejercer sus derechos en la vía extrajudicial, arbitral o judicial para ser indemnizados por los daños y perjuicios que sufran en las cancelaciones o retrasos que las indicencias les puedan ocasionar.

Para la reclamación, será necesario que los pasajeros conserven su billete, factura o título de transporte.

Para cualquier duda o consulta, puedes contactar con nuestro servicio jurídico, aquí.

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