El Tribunal Supremo da un giro radical 24 horas después de conocerse la sentencia que daba el visto bueno a la reclamación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a favor de los consumidores y en contra de las entidades bancarias.
Ahora el presidente de la Sala Tercera (Contencioso-Administrativa), Luis María Díez Picazo, ha determinado con carácter urgente:
- Dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar.
- Convocar al Pleno de la Sala (31 magistrados) para decidir sobre este asunto.
Los motivos que han llevado a tomar esta decisión son, literalmente:
Su enorme repercusión económica y social.
Volvemos a encontrarnos con una decisión muy cuestionable del Alto Tribunal como ya ocurrió en su día con las cláusulas suelo en la famosa sentencia de mayo del 2013, que consideraba el suelo como una cláusula nula, pero solo permitía la recuperación del perjuicio económico desde la fecha de la sentencia y no desde que la cláusula comenzó a producir efectos, precisamente por su «enorme repercusión económica», para los Bancos evidentemente.
Esta decisión del Supremo nos ha dejado a todos (asociaciones de consumidores, abogados, juristas y consumidores), perplejos, confusos y sorprendidos, pues no sabemos qué va a ocurrir en el futuro. En principio, se trata de una sentencia firme, pero que está aplazada hasta la decisión definitiva que adopte el Pleno. Por otra parte, existen otras dos sentencias del Tribunal Supremo sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que son contradictorias, y ya hay cientos de sentencias en toda España que condenan a pagar los gastos hipotecarios a los Bancos, en algunos casos, incluyendo el citado impuesto y, en otros, no.
Es una incógnita para todos lo que vaya a ocurrir en el futuro, incluso algunas entidades bancarias no permiten obtener información sobre préstamos hipotecarios en sus páginas web aunque han experimentado una subida en la Bolsa tras la caída en picado del jueves.
Esperemos que el Supremo recupere la «cordura» y no se pliegue al poder económico. La defensa y protección al consumidor no solo es un derecho constitucionalmente reconocido en el ordenamiento jurídico español, sino que también lo es a nivel europeo. Desde la Unión de Consumidores de Asturias deseamos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no tenga que tomar cartas en el asunto.
La Unión de Consumidores, ¡Siempre a tu servicio!