La devolución del IRPR de la prestación por maternidad tendría que ser practicada de oficio por Hacienda.

La Unión de Consumidores exige a la Agencia Tributaria que devuelva de oficio y sin más trámites, las retenciones de IRPF por la prestación de maternidad indebidamente retenidas a las más de 22.000 asturianas beneficiarias.

A pesar de las dificultades por la prescripción en materia tributaria, La Unión de Consumidores de Asturias estudiará la viabilidad de reclamar por enriquecimiento ilícito aquellas prestaciones anteriores a 2014.

Cuando una mujer trabajadora disfruta del periodo de baja por maternidad, tras el nacimiento de un hijo, recibe una prestación que sustituye al sueldo durante las 16 semanas que dura la baja maternal.

Sentencia del Tribunal Supremo

Sin embargo, el Tribunal Supremo determinó el miércoles 3 de octubre que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, están exentas del pago del IRPF, contradiciendo el criterio que estaba manteniendo Hacienda hasta ahora.

La sentencia del Alto Tribunal confirma una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que devolviera la cantidad ingresada en el IRPF del 2013 por la prestación por maternidad a cargo de la Seguridad Social.

La abogacía del Estado recurrió dicha sentencia pues contradecía el criterio fijado en otras sentencias de los tribunales superiores de Andalucía, y Castilla y León.

El objeto de debate se centra en el artículo 7 de la Ley del IRPF que dice textualmente: igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad” . Criterio que el juez ponente ha seguido para considerar que la prestación por maternidad comprende no solo las de nacimiento, sino también los de parto múltiple, adopción o hijos a cargo. Añade, también, el magistrado del Supremo que el alcance de esta exención de la tributación del IRPF se amplía a las prestaciones percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales y, a partir de esta sentencia, también las estatales.

¿Está incluida la prestación por paternidad?

Queda la duda de saber si esta exención de tributar el IRPF se extiende también a la prestación por paternidad, pero hay que esperar a una sentencia aclaratoria sobre este punto.

¿Qué periodo puedo reclamar?

En cuanto a los periodos que son reclamables, comprenden las liquidaciones de los años 2014, 2015, 2016 y 2017 que son los ejercicios que aún no han prescrito. Según cálculos estimatorios, las madres asturianas trabajadoras podrán solicitar la devolución de 16 millones de euros, con cantidades aproximadas de entre 1.000 y 2.600 euros cada una.

¿Cómo se realiza el trámite?

En cuanto a la forma de devolución, aún no está claro cómo hay que tramitarlo pues se prevé una avalancha de solicitudes. Por ello, desde la Unión de consumidores de Asturias exigimos a Hacienda que la tramitación de la devolución se realice lo más rápidamente posible y de oficio, sin que sea necesario presentar un escrito de rectificación, acompañado de la correspondiente declaración de Hacienda de los años correspondientes a los que se recibió la prestación.

Mientras tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha paralizado durante 15 días el pago de las prestaciones por maternidad y paternidad para que su aplicación informática deje de retener el IRPF.

Además, al haberse declarado exento, Unión de Consumidores estudiará la viabilidad de reclamar por enriquecimiento ilícito aquellas prestaciones que se recibieron desde 2007 a 2013.

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