El IRPH de las hipotecas podría juzgarse en el TJUE

Un juez de Barcelona, ha abierto una pieza separada para que se inicie la tramitación de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de justicia de la Unión Europea.

El tipo de interés IRPH, que se aplicó a casi tres millones de préstamos hipotecarios y que siempre ha tenido una estabilidad mayor que el Euríbor, pero un coste más elevado, vuelve a estar en entredicho.

Tras la sentencia del Tribunal Supremo número 669/2017 de diciembre del 2017, que consideraba al IRPH como un índice oficial que cualquier consumidor con una hipoteca, podía consultar en el BOE y ser consciente de su importancia económica y jurídica, supuso un duro revés para los afectados. Al mismo tiempo que fue considerada como una decisión incomprensible por buena parte de los jueces, abogados y expertos en la materia.

Al fin, se conoce que en Barcelona, el titular del juzgado nº 38, cuestiona esta decisión del Supremo y abre un periodo de 10 días para que las partes hagan sus alegaciones, formulen preguntas y da traslado también al Ministerio Fiscal.

Las dudas que plantea el juez y que le motivan a abrir esta pieza separada, que podría dar lugar al planteamiento de una nueva cuestión prejudicial en materia hipotecaria, son:

  1. La correcta y debida información al consumidor que debe facilitar la entidad financiera, que permitan al cliente una correcta formación de su consentimiento.
  2. Cuáles serían las consecuencias de la declaración del IRPH como abusivo y nulo.

En este caso concreto, el préstamo con garantía hipotecaria fue contratado en 2001, por importe de 132.333,66 euros, frente a Bankia, con un IRPH Cajas.

Si, finalmente, progresa el planteamiento de esta cuestión prejudicial, tendremos que esperar, aproximadamente, dos años hasta su resolución en Luxemburgo.

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