La reventa de entradas, es ¿Legal, ilegal, alegal?

La expectación creada con el derby entre el Real Oviedo y el R. Sporting de Gijón, ha supuesto la compra de más de 5.000 entradas para el partido, y algunas personas han puesto a la venta material del equipo a cambio de un precio elevado y regalo de las entradas.

Ante esta situación, creemos conveniente hacer un repaso a la normativa existente y despejar las dudas a cerca de la legalidad o no de la reventa en España.

A nivel nacional, solo existe una norma que regule la reventa, y es del año 1982, recordemos que se jugaba en España el Mundial de fútbol y es el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en cuyo artículo 67.2 establece:

“Queda terminantemente prohibida la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades”.

Es evidente que esta norma está muy anticuada, no solo por el año de creación sino porque en ese momento ni se preveía la existencia de internet, ni el avance y desarrollo de las nuevas tecnologías.

Algunas Comunidades Autónomas sí que han desarrollado normativas posteriores, como la asturiana, sin embargo, también se “queda corta” ya que la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que es del año 2002, tampoco regula la reventa telemática:

Artículo 26 b): “Queda prohibida la venta de entradas y abonos en número que exceda del aforo del establecimiento, local o instalación, así como la reventa y venta ambulante de entradas y abonos y la percepción de precios superiores a los autorizados, no debiendo las entidades organizadoras, en ningún caso, favorecer tales situaciones”.

Por tanto, nos encontramos ante una especie de vacio legal que ha favorecido la aparición de numerosas empresas de reventa on line de entradas, como: Viagogo, Tengoentradas, que actúan como intermediarios entre los particulares que (re)venden su entrada y los compradores interesados, al precio que fije el vendedor, mientras que  las web comprueban la veracidad de las entradas y aplican una comisión más el IVA.

No hay que confundir la reventa de entradas con las plataformas de distribución directa de entradas: Entradas.com, Ticketea o Ticketmaster.

Las webs de reventa, suelen tener un domicilio fiscal fuera de España, ante la existencia de un conflicto, las dificultades para reclamar aumentan por la lejanía o el sometimiento a tribunales de justicia extranjeros.

Pero, ¿Es legal o ilegal? Como hemos visto, la normativa prohíbe expresamente la reventa callejera o ambulante, sin mencionar la utilización de plataformas on line, cabe por tanto, aplicar un criterio general el Derecho que, según establece el Código Civil:

Artículo 3.1: “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas”.

Es decir, que en la sociedad actual donde el uso de las herramientas telemáticas ya es una realidad y está plenamente implantada, la reventa de tickets, billetes o entradas, estaría prohibida.

Además, la normativa estatal prohíbe que la reventa alcance un precio superior al 20% sobre “El precio marcado para el supuesto de venta directa al público en las taquillas o expendedurías de la propia Empresa”.

En definitiva, recomendamos a los usuarios que tengan en cuenta estas prohibiciones y sean precavidos, pues a falta de una normativa actual y expresa, se pueden encontrar ante dificultades como sobrecostes en el precio, cancelación del espéctaculo, o la no entrega de la entrada a pesar de haber efectuado el pago. Nunca está de más, leer antes de la compra, cuáles son las condiciones generales o legales de las empresas de intermediación y de las de reventa, para prevenir dificultades.

La desprotección al consumidor, es evidente.

Ante cualquier duda, puede ponerse en contacto con nuestro servicio jurídico, aquí.

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