Banco Popular, condenado por aplicación de la cláusula suelo

El Banco Popular, que ha rechazado devolver el dinero cobrado de más por la cláusula suelo en el procedimiento extrajudicial aprobado en el RD Ley 1/2017, comienza a perder sentencias judiciales.

Las consecuencias de no acatar el sistema extrajudicial aprobado por el Gobierno de España a principios del año 2017, como resultado de la incuestionable sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, comienzan a dar sus frutos, pues a pesar del tiempo transcurrido y del temor que genera acudir a un juicio, al final, el Banco tiene que devolver todo el dinero, con intereses legales y las costas del proceso.

En este caso, nos tenemos que remontar al año 2014, cuando los socios contactan con la Asociación por primera vez, se envía una carta de reclamación extrajudicial al Popular para eliminar la cláusula suelo, siendo su propuesta la inaplicación del suelo, durante cinco años. Nuestros socios rechazan su oferta, pero a pesar de ello, el Banco Popular deja de aplicarla.

Se inicia la vía de la denuncia administrativa a través del Principado de Asturias (año 2015), como resultado de esta acción, el Banco Popular reactiva la aplicación de la cláusula suelo. Se vuelve a enviar una carta solicitando la inaplicación de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades abonadas. Estamos en el año 2016, y la cuantía pagada por el suelo ha aumentado durante estos años, se informa a los socios de la cantidad que tendría que pagar el Popular y la informamos de que después de dos meses de plazo para responder, solo queda la vía judicial.

Finalmente, la vía de la denuncia administrativa concluye favorablemente y el Popular deja de aplicar la cláusula suelo, pero aún queda pendiente la recuperación de las cantidades dinerarias.

Como seguimos en el año 2016 y se espera la decisión de la justicia europea, recomendamos a nuestros asociados no acudir a la vía judicial, ya que solo recuperarán cantidades desde mayo del 2013.

Llegado el año 2017, se abre una nueva vía extrajudicial para recuperar el dinero que los consumidores han pagado de más, mes a mes por la aplicación de la cláusula suelo. Este sistema extrajudicial, funciona con algunos bancos, pero otros como el Banco Popular contestan de forma negativa a todas las reclamaciones formuladas en representación de nuestros socios. Esta vía se plantea dos veces, siendo en las dos ocasiones, infructuosa.

En octubre del 2017, se inicia la vía judicial que finaliza con una sentencia favorable, esto es: nulidad de la cláusula suelo, devolución de cantidades, intereses legales y costas.

Hay que destacar que el juez aprecia mala fe en la actuación del Banco, y por tanto, la condena en costas (pago de abogado y procurador de los demandantes):

La parte actora acudió al procedimiento contenido en el Real Decreto-Ley 1/2017, de 20 de Enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, no habiendo
cumplido la demandada con las exigencias legales propias de la citada norma, de ahí que esa mala fe en la demandada le hace merecedora de las costas procesales.

Este es un gran ejemplo del comportamiento miserable e indecente de muchos bancos, pero sobretodo, del Banco Popular, que perjudica notablemente al consumidor. Le obliga a sufrir perjuicios económicos, pero también, inseguridad desde el punto de vista psicológico, al ver que todos los esfuerzos y pasos dados, no dan ningún fruto por la absoluta y temeraria negativa a devolver la cláusula suelo.

Sentencia suelo Banco Popular

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