Cuentas bancarias gratuitas para clientes vulnerables y 3€ al mes máximo para el resto de consumidores
Los clientes con ingresos inferiores a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) no pagarán nada al banco por tener una cuenta básica.
La ministra de Economía ha firmado ya esta Orden Ministerial y entrará en vigor a partir de su publicación en el BOE. Estas nuevas condiciones obedecen a una Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, que ya debería de haber entrado en vigor en España en el año 2016, y que intenta favorecer el cambio de Bancos entre los clientes europeos.
¿Qué es una cuenta de pago básica?
Es aquella cuenta bancaria que permitirá depositar dinero, domiciliar la nómina, realizar pagos y transferencias y utilizar una tarjeta de débito. Se podrán realizar hasta un máximo de 120 operaciones de pago anuales. Cualquier cidadano/a de la Unión Europea podrá abrir una cuenta de pago básica en cualquier país, aunque no tenga domicilio fijo o, incluso, esté solicitando asilo.
El coste por tener una cuenta bancaria, es decir, una cuenta de pago básica, no podrá ser superior a los 3 euros mensuales o 36€ anuales, sin que se puedan repercutir otros gastos a los consumidores.
Las entidades bancarias tienen obligación de informar y de ofrecer la apertura de esta cuenta en las condiciones establecidas a las personas que lo soliciten y acrediten su situación.
Las familias en riesgo de exclusión social tendrán un acceso gratuito a ese tipo de cuentas. El baremo del IPREM en la actualidad para una persona es de 6.454,03 euros, al año menos de 12.908,1 brutos. Si en la unidad familiar hay dos o tres personas, se permite que los ingresos sean de 2,5 veces el IPREM (16.135,1 euros), y 3 veces (19.362 euros) si hay cuatro personas o más.
Se tiene en cuenta también el patrimonio distinto de la vivienda habitual o los derechos reales sobre la misma. Si alguno de los miembros de la unidad familiar es titular de sociedades mercantiles, bienes inmuebles o derechos reales (hipotecas) no se considerará que existe vulnerabilidad.
Documentación que acredita la situación de vulnerabilidad:
- Libro de familia.
- Certificado actualizado de empadronamiento en el que figuren todas las personas que residen en la vivienda.
- Certificado de rentas o las tres últimas nóminas.
- Certificado de los salarios sociales, rentas mínimas o prestaciones percibidas.
- Trabajadores por cuenta propia, deberán llevar el certificado expedido por el órgano gestor en el que figure la cuantía mensual percibida si estuviera percibiendo la prestación por cese de actividad.
La gratuidad de la cuenta se mantendrá durante un plazo de dos años, salvo que la entidad bancaria pueda acreditar que el cliente ha perdido dicha vulnerabilidad.
El pago de la comisión de 3€ de mantenimiento de cuenta, comprenderá los siguientes servicios:
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Apertura, utilización y cierre de cuenta.
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Depósito de fondos.
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Retiradas de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos situados en la Unión Europea.
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Operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea en la Unión Europea.
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Hasta 200 operaciones de pago anuales dentro de la Unión Europea consistentes en adeudos domiciliados, y transferencias, inclusive órdenes permanentes, en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando esta disponga de ellos.
el Deutsche Bank e pesó gratuita h hace desde octubre me cobra 3e soy vulnerable y no quieren descontar esos 3 e.Dice que ahora es así
como puedo reclamar?
Hola Inés, si deseas asesoramiento por parte de nuestro servicio jurídico, por favor, entra en el siguiente enlace y rellena tus datos, Saludos
http://www.consumidor.es/contacto/
el Deutsche Bank e pesó gratuita h hace desde octubre me cobra 3e soy vulnerable y no quieren descontar esos 3 e.Dice que ahora es así
como puedo reclamar? es el banco de avión diagonal PG gracia barcrlona
Hola de nuevo Inés, nuestro ámbito de actuación es la Comunidad de Asturias, no estamos autorizados a reclamar en otras comunidades. Si lo desea, en Barcelona puede ponerse en contacto con alguna de las asociaciones de consumidores que figuran en el enlace siguiente: https://ajuntament.barcelona.cat/omic/es/temas-de-consumo/asociaciones-de-personas-consumidoras
Disculpe las molestias, saludos cordiales.